Algunas cosas de los contratos

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Existen un montón de tabúes cuando se trata de firmar contratos. O tal vez no tabúes, sino malentendidos de leyes que nada que ver con la realidad. Cosas que pasan.

Hace un par de años, me pidieron que pusiera orden en algunos contratos en una oficina. Había personas con más de 10 años de trabajar sin contrato, simplemente había voluntad de ordenar todo eso para que quedara cada quien con la seguridad que se merece. Todo mundo leyó sus contratos y firmó, excepto por una señora que decidió que lo iba a consultar con sus abogados y con el Mitrab. Pronunció ahí una mala palabra. En resumen, nunca lo firmó. Sigue en la Oficina, pero sin contrato.

Los contratos por servicios profesionales, que son beneficiosos para los empleadores, solo obligan una retención del 10% para el trabajador. No obligan a inscribirlo en el INSS, aunque la postura del INSS es de incluirlos ahora, igual que a los pasantes, absurdo.

Ahí hay una confusión que yo ya he visto: cuando en el cuerpo del contrato se especifica que lo que se prestan son servicios profesionales, en un contrato que reconoce antigüedad, décimotercer mes, seguro social y demás prestaciones, ese contrato es de trabajo, nunca de servicios profesionales.

Los famosos quince días. Si no los cumplís, solamente estás siendo descortés con el empleador, tenés derecho a recibir tus prestaciones de cualquier manera. No hay artículo que establezca sanción por no cumplirlos, pero sí sanciones al empleador por no pagar dentro de los 10 días hábiles posteriores. Pero sale mejor ser caballerosos.

Hay cosas que solo por meterte en miedo o presión se ponen. Las multas que algunos contratos establecen, por ejemplo, de no trabajar por dos años en empresas similares son ridículas. Nadie va a meter un abogado por una multa, sale muy caro.

Lean bien antes de firmar. Y no digan Mitrab hasta que se hayan ido!

Si alguien tiene otra de estas, aquí abajo hay espacio!

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